Cobas en los siglos XVII y XVIII. "A Caso do Franciscano"

04/05/2007, Dolores González López

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A casa do Franciscano

En Cobas, como en muchos lugares, existen casas que, de una forma u otra, han pasado a ser emblemáticas. En esta parroquia tenemos varios ejemplos y merece, cada una de ellas, un artículo propio.

 

Los pueblos, las aldeas, se nutren de las gentes que siglo tras siglo dejan en ellas las señales de su paso, nos hablan del modo de vida anterior, de las costumbres, de la riqueza y la pobreza, del poder de pocos y la obligada dependencia de muchos.

 

La “del Franciscano” es una de esas casas cuyo nombre nos lleva a preguntarnos la razón del mismo. Podemos sospechar que fue habitada por religiosos de la orden de San Francisco, o quizás fue propiedad de un personaje que pertenecía a esta orden religiosa; sin embargo, nada hemos encontrado que nos permita confirmar esta denominación que ya nos llega desde tanto tiempo atrás.

 

A lo largo de este artículo haremos un pequeño recorrido a través de las gentes que habitaron la “Casa del Franciscano”, hombres y mujeres que, en ningún momento, nos desvelarán el porqué de este nombre ni en qué momento los parroquianos comienzan a referirse a la casa con dicho nombre.

 

Corría el año 1544. La tierra era el bien más preciado que permitía la supervivencia de muchas familias y en su gran mayoría, estaba en poder de Monasterios o grandes Casas nobles, las cuales hacían foro de las mismas a cambio de percibir una renta anual. En muchos casos, los receptores del foro volvían a hacer foro a terceros a cambio también de una renta. Los condes de Andrade y el Monasterio de Santa María de Sobrado eran quienes, en Cobas, acumulaban la mayor parte de la tierra.

 

Figura 1. Límites del casal de Cobarradeiras

Sabemos que en este año de 1544 el Monasterio de Santa María de Sobrado hace foro del casal de Cobarradeiras a Gómez Freire de Andrade y su mujer Beatriz de Serantes1, hija de Juan de Serantes, a quien algunos autores sitúan en la segunda batalla de Seminara en el año 1503 junto al Conde Don Fernando de Andrade. Se trata de los señores de la casa y solar de San Salvador de Serantes, con marcada influencia en las parroquias de su entorno. El monasterio otorga dicho foro para que lo lleven por todos los días de su vida y de un hijo y nieto que sean legítimos y en él se describen los límites del casal de Cobarradeiras

 

 

“Sepan quantos esta carta de aforamyento bieren Como nos Don fray Lorenço aldiete abbad del monesterio de nra señora Santa maria de sobrado con sus anexos et fray geronimo aragones prior et fray miguel de molina et fray (…) monjes y convento del dho monesterio siendo ayuntados en el sobreclaustro del dho monesterio por son de campana segund que lo abemos de uso y costumbre otorgamos y conosçemos por esta presente carta que aforamos y damos en aforamyento et por razon de foro a vos gomez freyre dandrade que estays presente vezino de la feligresia de san salvador de serantes para en todos los dias de vra vida para mas et aliende de los dias de un vro hijo et nieto que sean legitimos conviene a saver que ansy vos aforamos todas las herdades siguientes todas las mas herdades que el nro monesterio tiene en Cobas deradeyras segund que faz por marcos con cortina que faz en la Villa de Cobas primera a que llaman la cortina da vila como testa de un cabo no antiguo arredor et testa de otra parte a cerca do Paço de Sancho Moula por sus divysyones y el agro a que llaman el rrio da salsa como testa de un cabo en la heredad da lamela y testa en la heredad de pero martiz de cobas y por sus divysiones et con toda la heredadde labradia y montesia et prados y casal segund lo tubo pero martiz de cobas et lionor perez Con mays una leyra en Cobas que testa en la leyra de pero de ferrol do chipudo y como testa en el agro das ucheyras de longo a longo y por sus devysiones y con la cortina que chaman de vila como testa en la carreyra do penal do Paço de Fray Pedro et mays la mitad da leyra a que chaman da porta como testa en la leyra que vay para la yglia et como testa en la agra de diego afonso notareo e sus devisiones y mas la leyra da junqueyra como testa en el agro de taresa dominguez et como testa en el agro da cabra et por sus divysyones con mays el agro que testa en la Casa en que mora afonso miguez como testa en el comaro q bay para la fonte y como testa en el agro propio de gonzalo tenrreyro por sus divysiones con mays la cortiña que chaman da pardineyra como testa et topa en el camino que bay para lamela y como testa en la cortina ¿dorgeyro? que es propia de gonzalo tenrreyro y por sus demarcaciones con mays el agro do pedregal como testa en una leyra de pero de ferrol y de otra parte testa en una leyra de Sancho moula e por sus divysyones con mays una leyra que faz nas salgueyros como testa en la carreyra que vay pala lamela como testa en el lugar de ¿margente? hijo que foi de pero gato y por sus demarcaciones con mays el agro da lamela como testa en el agro de fray Pedro (¿de myron ?) y como testa en el agro darriva da salsa e por sus demarcaciones con mays el agro a que chaman da lamela como testa en el agro do co(...)la y como testa de otra parte en el agro propio de gonzalo tenrreyro y por sus demarcaciones et con mas una leyra (.....................) que chaman do mato da Cuna como testa en otra leyra propia de gonzalo tenrreyro y como testa de otra parte en un agro que chaman do Rio dos coyros como testa en bayxo? Et por sus divisiones con mays un agro do rrio dos coyros como testa en bayxo narea y como de otra parte testa na leyra da boca darea et por sus demarcaciones con mays el agro do fojo? Como testa narea et como testa en la leyra propia do rio dos coyros de gonçalo tenrreyro e por sus divysyones con mays un agro a que chaman das figueyras como testa en derredor de la heredad de fray pedro y de sancho moula et de sus herdeyros et por por sus demarcaciones con mays el agro a que chaman de ¿sygimar? Como testa en cima en la rriba e da otra parte et no figueyro et por sus demarcaciones con mays el agro que dizen de cabra como testa en el agro de teresa Domínguez et testa en una leyra propia de gonzalo tenrreyro y por sus demarcaciones con mays el monte que testa en la rriveyra de ¿sygimar?* Como testa en el pousadoyro y en cima da pena do loba et (ce...) que fica un agro que chaman sygimar?* como testa al pedreyrado que es propio de gonzalo tenrreyro e por sus demarcaciones con mays un agro a que chaman dos frades como testa en la leyra de sancho moula et de otra parte en la de maria oanes de gonçalo da marina et por sus demarcaciones con mays una pardineyra con su cortina pequeña como testa en el antiguo y como por otra parte testa en el tarreo dos cortellos et por sus demarcaciones lo qual todo que (dho es) vos aforamos en esta manera et con estas condiçiones que aveys de tener el dho casal e heredades sobredhas vien rreparadas por mana que no se pierdan por mengua de reparo et procuro et que fenesado el tiempo deste dho foro nos quede todo ello libre et desembargado con todos los perfectos que en ella estobieren fechos et que no lo podays vender trocar ni canvear con persona alguna ny tampoco de dejarnoslo* ny demiytirnoslo so pena de diez myll mrs que nos perdays por razon de daños et propio ynterese (el) hijo e nieto en quien subçediere este dho foro sean obligados a venyrse a nombrar por foreros dentro de trynta dias que en ello subçedieren so pena de lo perder y que nos aveys de dar y pagar de rrenta y fuero en cada un año dos ducados de oro de balor cada uno de trezientos y setenta y çinco mil puestos y pagos en la mâ granja de las (C)ascas por dia de San martino de noviembre de cada un año et que sy dos (o mas) juntamente lo dejardes* de pagar que por el mysmo caso lo perdays por encomyso e con las mysmas condiciones vos lo aforamos y obligamos los vienes y rrentas del dho (mio) monesterio deboslo fazer sano e de paz durante el dho tienpo e que no vos sera tomado ni quitado por otra Razon alguna so pena de diez (myllones) que perdamos y paguemos sy contra ello pa(s)aremos et yo el dho gomez freyre dandrade ansy otorgo e conozco que rescivo en foro lo sobredho para my et para my hijo et nyeto et que ningun derecho tengo a ello sino este que agora se me otorga y adquiere por razon deste dho foro et obligo my persona y vienes y (¿su?yos) dellos y de cada uno dellos que guardare y complire y pagare y ellos guardaran y compliran y pagaran todo quanto dicho es y en esta carta se contiene a los plazos en ella contenidos so pena del doblo et costas et de los dhos diez mill mrs que perdamos y paguemos al dho monesto si contra ello fueremos y pa(sa)remos o sy lo vendieremos trocaremos para lo qual nos anvas las dhas partes (en/an)sy tener guardar complir et pagar renunçiando como renunçiamos nrô propio foro (do...........diçion) y todas y qualesquier leys foros y derechos que en nrô fabor sean pedimos y damos poder complido a qualesquier Justiçias seglares espeçialmente a los señor governador et oydores deste rreyno de galizia como sy bebiesemos dentro de las (......lequal) para qe nos lo hagan (ansy) todo tener y guardar complir y pagar tan entera e complidamente como sy por senya de juez competente ansy fuese (Juzgado) et (smydo) y pasada en cosa juzgada sobre lo qual renunçiamos otrosy la ley et derecho que dize que (...neral ..... .....) de leys fecha no vala en testimyo de lo qual otorgamos esta carta antel (scrivano) e notario puco e testigos de (...............) que fue fecha e otorgada en el dho monesterio de sobrado a veynte y quatro dias del mes de mayo año del Señor de myll e quinyentos e corenta y quatro años estando presentes por tos (lo que dho es) Juan garçia et grigorio de parga criados del dho señor abbad y fernan gonçalez criado del dho gomez freyre y el dho señor abbad lo firmo de su nombre por sy e por el convento e tambien lo firmo el dho gomez freyre et yo el scrivano doy fee que conozco a los dhos otorgantes/ el abbad de sobrado (y) gomez freyre dandrade....”

 

 

Conocemos por diversos documentos la estrecha vinculación de la casa de “Serantes” con la parroquia de Cobas. Sabemos que los de este linaje eran patronos de la Iglesia de San Martín, ejerciendo su derecho a “presentar el beneficio curado” con un sacerdote de su elección. Hubo en Cobas muchos curas de esta familia y tenemos noticia de algunos como Jorge de Serantes y Francisco Freire de Andrade en el siglo XVI y Juan de Serantes, hermano del anterior, que fue cura de San Martiño a principios del siglo XVII.

 

Imagen 2. Hijos de María Freire y Juan Díaz

Gómez Freire y Beatriz de Serantes dejarían entre otros herederos a Mayor Freire, de quien nada sabemos, excepto que tuvo una hija llamada María Freire de Andrade. Documentamos a esta última, nieta de los señores de la casa solar de Serantes, ya en nuestra parroquia a finales del siglo XVI en la casa (o casas) que hoy conocemos como “casa do Franciscano” casada con Juan Díaz Monteiro o Juan Díaz de Cobas.

 

María Freire y Juan Díaz Monteiro nacerían alrededor de 1565. Juan Díaz, posiblemente natural de Mandiá, muere en Cobas en 1631 y María Freire muere poco antes de 1648.

 

En 1598 fallece en A Coruña Pedro Díaz Montero, clérigo y hermano de Juan Díaz. En su testamento funda vínculo sobre sus bienes y nombra como herederos a sus dos hermanos Domingo y Juan Díaz.

 

 

“…dejo y nombro por mis herederos en todos ellos a los dichos Juan Díaz y Domingos Díaz, mis hermanos para que los hayan y lleven y partan hermanamente con tal pacto y condición que en cada un año perpetuamente y en todo tiempo de siempre jamás me hagan decir tres misas en la dicha Iglesia de San Jorge donde me mando enterrar... y muriéndose cualquiera de los dichos mis hermanos quede la herencia en el otro y de allí en el hijo mayor de manera que después anden siempre en una sola cabeza y persona y no se partan entre hermanos ni herederos, porque así es mi voluntad y esta doy y otorgo por mi manda y testamento, última y postrimera voluntad... “

 

 

Los bienes de los cuales se hace vínculo en este testamento incluyen, además de varias heredades en San Jorge y Cobas, “la casa y cortiña de Esmelle” y quedarán finalmente en manos del hijo mayor de Juan Díaz y María Freire.

 

En 1634, María Freire, ya viuda, hace presentación del beneficio curado de San Martiño de Cobas2 como patrona que dice ser:

“En la feligresía de San Martiño de Cobas a cuatro días del mes de mayo de 1634 años, ante mi escribano y testigos pareció presente María Freire de Andrade, viuda que quedó de Juan Díaz Monteiro, vecina de la dicha feligresía y dijo que ella como descendiente de la casa y solar de Serantes era patrona verdadera de presentar el beneficio de San Martiño de Cobas todas las veces que acaecía vacar y en esta posesión habían estado sus antecesores; y por cuánto al presente el dicho beneficio está baco por óbito fin y muerte de Rodrigo da Bastida, último clérigo y poseedor que del dicho beneficio ha sido; por tanto que por la vía que de derecho mayor lugar haya, presentaba y presentó el dicho beneficio de San Martiño de Cobas o su anejo Santa Comba do Prioiro con el licenciado Juan de Vergara y Serantes, clérigo y el presente es de San Román de Montojo, atento es persona en quien concurren las partes y calidades necesarias para obtener el dicho beneficio y pedía y suplicaba a ssª el señor obispo deste obispado de Mondoñedo y a su provisor o previsores y a los más jueces que de ello puedan conocer que del dicho beneficio de San Martiño de Cobas en título y colación y canónica institución al dicho licenciado Juan de Vergara y Serantes y demanden acudir a recudir con los frutos al dicho beneficio a lejos y pertenecientes, como los han llevado los clérigos que de dicho beneficio han sido; y juro en forma la dicha María Freire sobre una señal de Cruz, que por hacer esta presentación no había recibido oro, ni plata ni otra cosa, ni había intervenido otro ilícito pacto ni condición en derecho reprobado… y debajo del dicho juramento prometió de no variar en esta presentación por estar baca, por la cual hacía e hizo esta dicha presentación, la que otorgaba y otorgo en forma según de derecho se requiere, con todas las fuerzas, vínculos (…) que para su validación se requieran y por no saber firmar, rogó a un testigo lo firmé por ella de su nombre, estando presentes por testigos Alonso Díaz Luis, clérigo vecino de la villa del Ferrol y Francisco Díaz de Serantes, vecino de esta feligresía de Cobas, y Alberte Novo, vecino de Moeche y yo escribano doy fe conozco a la otorgante; como testigo Alonso Díaz Luis, Francisco Díaz de Serantes = pasó ante mi Pedro de Luaces, escribano.”

 

 

Juan Díaz Monteiro y María Freire de Andrade dejarán por sus hijos y herederos a Juan Díaz de Serantes, clérigo de Santa María de la Graña de Brión, Francisco Díaz de Serantes, Pedro Freire de Serantes, María Freire de Andrade y Lucía Freire de Andrade.

 

De los hijos de Juan Díaz y María Freire, es Francisco Díaz de Serantes el único que documentamos en Cobas. Se casa con Catalina Douteiro, posiblemente natural de Esmelle y vivirán en la que hoy conocemos como “a Casa do Franciscano”. En 1666 “es soldado en los castillos de la ría de Ferrol, donde es castellano Don Antonio Becerra y Figueroa”

 

En el año 1670 tenemos la primera referencia explícita de la casa con motivo de la escritura de dote que otorgan Francisco Díaz y su mujer para casar a una de sus hijas: “…damos y dotamos la mitad de la casa de junto a la iglesia en que también vivimos echa y derecha con su corral, salidas y entradas con la mitad de la cortina que está a la parte de la dicha iglesia junto a la fuente y mitad de otra que esta a la otra banda de dicha casa y ambas vecinas della....circundada todo arredor de muros...” y “...le damos asimismo la cuarta parte enteramente de todos los bienes muebles y raíces…y es declaración que dicha cuarta parte no entra ni se entiende en la caseria de el primero capitulo (“casería en que vivimos de junto a la iglesia”) que herede de los dichos mis padres que de toda ella e de disponer según dicho es; ni tampoco en la otra mitad de casa y corral y salidas y dos cortinas señaladas…”

 

Imagen 3. Hijos de Francisco Díaz de Serantes

Francisco Díaz de Serantes otorga testamento el 24 de julio de 1670 ante el escribano Domingo Fernández de Orol. En él nombra por sus hijos y herederos a Alonso y Juan Díaz de Serantes y a Antonia y Dominga Freire de Andrade y, entre otras cosas, manda “…que mis carnes sean sepultadas en la iglesia de San Martiño de Cobas, en una sepultura de junto a la pila del agua bendita y por ella se pague la limosna acostumbrada” y “… a la Señora Santa Comba y a San Martiño y a nuestra Señora da Labastra de San Pedro de Marmancón y a Nuestra Señora de Chamorro y a San Antonio da Cabana y a San Juan de Esmelle, a cada uno un real.” “…“Item mando a mi hijo Juan y de Catalina de Outeiro, mi mujer, por ser cojo y me haber servido a mi voluntad, la casa y lugar que quedó de mis padres…”

 

De los hijos de Francisco Díaz de Serantes y Catalina Douteiro, tres residirán en Cobas en “la casería de junto a la iglesia”. Así consta en los censos de las cofradías de Nuestra Señora y del Santísimo Sacramento de los años de 1684, 1686 y 1689, en los cuales asientan a Juan Díaz de Serantes, Don Rodrigo Díaz da Fraga y Alonso Díaz de Serantes, los cuales pagan 2 reales cada uno.

 

Juan Díaz de Serantes (1642-1710), se casó con Antonia Díaz de Neira, hija del Alférez Domingo López de Lago e Inés Ares de Neira y nieta del regidor de Ferrol Antonio Arias Domínguez.

 

Juan Díaz de Serantes hace testamento el 23 de junio de 1710. En él nombra por sus herederos a sus hijos Francisco Díaz, subdiácono, Domingo Antonio, Inés, Dominga y Manuela y dice que “mi padre me dejo por vía de mejora la casa en que al presente vivo con sus entradas y salidas y la leira que llevará tres celemines de pan junto a dicha casa con dos misas de pensión, la cual casa y hacienda poseyese y llevarse por los días de mi vida sin que la pudiese vender ni enajenar en tiempo alguno ni menoscabar y que fuese esto tan permanente que nunca se partiesen y dividiese sino que sólo quedase siempre en una sola cabeza y siendo varón y a la fin de mi vida pudiese yo elegir y testar con quien fuese mi voluntad y así digo y es mi voluntad que dicha casa, ayra, huertas, corrales y cortes (…)las y dicha hacienda la lleve y posea mi hijo Francisco Díaz, clérigo subdiácono, el cual la lleve y posea con la misma pensión que tiene sin que otro alguno le vaya contra esta mejora por los días de su vida con tal que tenga su madre en dicha casa y su hermana mientras no se acomoda, que la cual casa y hacienda la dejo por los días de su vida y que a su muerte la deje y teste con su hermano Domingo Antonio, el cual domingo Antonio la deje a un hijo varón a su arbitrio y voluntad y no teniendo hijos varones a una hija…”

 

Quizás fue en tiempos de este Francisco Díaz de Serantes, clérigo, cuando la casa tomó el nombre de “casa do Franciscano”.

 

Imagen 4. Hijos de Alonso Díaz e hijos de Dominga Freire

Alonso Díaz de Serantes, casado con Micaela de Andrade, fue cabo de la vigía del Prioiro. Tuvieron por hijos a Josefa de Andrade y Andrés Díaz de Serantes. Josefa se casó con Juan de Bouzamayor y fueron vecinos de Taraza. Andrés se casaría con una hermana de este llamada María López y fallecía en Cobas en el año 1710 siendo enterrado en la capilla mayor. Dejó una hija pequeña que moriría dos años después y cuyo tutor sería Domingo Antonio de Serantes, sobrino de Alonso. En el mismo año de 1710, Juan de Bouzamayor pide se haga separación y partija de los bienes de Alonso y Micaela. Para hacer dicha partija se hace un recuento de los bienes que quedaron a su muerte y entre ellos “la casa en que vivió Alonso Díaz, con sus dos cuartos apartados, bodegas, alvorio, ayra, güerta y corrales que uno y otro es bien conocido” y fue tasada en 100 ducados.

 

Dominga Freire de Andrade y Serantes (1636-1704). Se casa en 1670 con el alférez don Rodrigo Díaz de Bamonde3, natural de San Pedro de Pígara. A su muerte, pide que se le digan misas en Nuestra señora del Portal, extramuros de Santiago y Pastoriza, además de otras muchas. Rodrigo Díaz se casa en segundas nupcias con doña María Valerio, de la casa de Serantellos, y pasa a vivir a Serantes. De este matrimonio quedaría por único hijo don Francisco Antonio Díaz da Fraga y Montenegro que se casaría en primeras nupcias con Antonia Valerio y en segundas con Josefa Freire de Andrade. En su testamento, otorgado en 1724, hace vínculo y mayorazgo de la casa en que vive y de todos sus bienes, que había heredado de su madre.

 

Testamento de Don Francisco Antonio Díaz da Fraga y Montenegro4

Imagen 5. Descendientes de Don Francisco Díaz da Fraga

In Dei Nomine Amen. Sepan todos cuantos esta carta de manda y testamento, última y postrimera voluntad vieren como yo Don Francisco Antonio Díaz da Fraga Montenegro, vecino de esta feligresía de San Martín de Cobas, estando como estoy, enfermo y en cama de enfermedad natural que Dios Nuestro Señor Jesucristo fue servido darme, pero en mi sano y entero juicio, tan entero y cumplido como cuando tenía salud, creyendo como firme y verdaderamente creo en el alto y sacro misterio de la Santísima Trinidad, Padre , Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas en un solo Dios verdadero y en todo lo demás… y recelándome de la hora de la muerte que es cosa natural a toda criatura viviente…
Primeramente encomiendo mi ánima a Dios Nuestro Sr. Jesucristo que la compró y redimió por su preciosísima sangre en el árbol de la verdadera Cruz y el cuerpo lo mando a la tierra… y que sea amortajado en un hábito de mi padre San Francisco y sepultado dentro de la iglesia parroquial de esta feligresía y en la sepultura que pareciere a mis cumplidores =
Item mando que el día que Dios me llevare, si fuere hora se me diga una misa de ánima en el altar privilegiado del Convento de Nuestro Padre San Francisco de Ferrol y si no al siguiente =
Item mando al cura o religioso que me ayudare a bien morir cuatro reales por una vez =
Item mando que el día de mi entierro se me digan y hagan decir en dicha parroquia 30 misas, la una de ellas cantada con su vigilia y responso, diácono y subdiácono y agua bendita sobre mi sepultura, para lo cual sean convocados 18 señores sacerdotes y los más religiosos de mi padre San Francisco de la Villa de Ferrol, a los que dicho día se les dará de comer, para lo que se matará una vaca y ocho anegas de todo género de fruto = 150 azumbres de vino y lo más necesario a gusto de mis cumplidores para dichos pobres y sirvientes y señores sacerdotes que así es mi voluntad =
Item mando se ofrezca a Dios por mi ánima la ofrenda acostumbrada =
Item mando que al cabo de los 9 días que se diere sepultura a mi cuerpo se me digan por vía de novenario 9 misas en dicha parroquia, la una de ellas cantada con su vigilia y responso y las demás rezadas por la limosna acostumbrada = Y entre año y día, asimismo se me digan 12 misas a reverencia de los doce apóstoles = Otra en la capilla de Domingo Novo = Otra a Santa Comba = Otra a Nuestra Señora de Chamorro = Otra a San Antonio da Cabana = Otra a mi padre San Francisco = Y en su convento de Ferro, todas y cada una de ellas de estas votivas por la limosna de 2 reales =
Item digo que el día de mis honras y cabo de año se me digan otras 30 misas en la conformidad de las del entierro y lo mismo el gasto de pan y vino y carne para los señores sacerdotes, pobres y sirvientes__
Item mando asimismo, entre año y día se me digan por mi ánima y de aquellos a quien tengo en cargo y obligación, 18 misas rezadas en el convento de la Villa de Ferrol por la limosna de a 2 reales cada una =
Item mando a la Santísima Trinidad, redención de cautivos, nuestra Señora de la Merced 35 maravedís por una vez y otro tanto a la casa Santa de Jerusalén con que les aparto de mis bienes =
Item mando a las cofradías del Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de Ánimas de dicha parroquial y en tercias partes, dos yeguas que tengo, cada una de edad de 3 años, color la una negra y la otra castaña, con sus señales en las narices heridas que paran en poder de Antonio López, presbítero y vecino de la feligresía de Santa María la Mayor del Val en que tiene en la negra la mitad y en la castaña el cuarto y la porción que en ellas me corresponde la dejo a dichas cofradías para que me encomienden a Dios en sus sacrificios =
Item mando se de a cada una de dichas cofradías de dicha parroquial por una vez, un celemín de maíz =
Item digo y declaro que yo a criado ni a criada que me sirviese le estoy debiendo cosa alguna de sus soldadas excepto a una hija de Andrés Lousa, vecino de Serantellos llamada Josefa, le debo 13 reales = y asimismo declaro que a mi alguna cosa, si me la están debiendo (…)…
Asimismo declaro que de primer matrimonio he estado casado con Doña Antonia Valerio Piñeiro y Andrade, difunta, y la dote que ha traído a mi poder la llevaron sus herederos sin que en mi poder quedase cosa alguna por no habermos tenido hijos ni herederos, así lo declaro.
Item digo y declaro que yo de segundo matrimonio me he (¿vuelto?) a casar con Doña Josefa Freire y Andrade, que hoy vive y ha traído a mi poder por bienes (…) propios, 20 ducados en dinero y una vaca de valor de 3 ducados. Mando se le uno y otro y, además de ello de mis propios bienes una cama de ropa que se compone de dos mantas de saial, dos sábanas, una gruesa y otra delgada y además de ello, durante los días de su vida, seis anegas de fruto que se entiende 3 de centeno y 3 de mijo maíz; y asimismo no pasando a segundas nupcias dicha mi mujer Doña Josefa, le mando por todos los días de su vida la bodega y casa que se entiende donde solía poner el vino y se halla en el corral y a la parte del vendaval y extremada de la otra casa, pared en medio y pechada y dichas seis anegas de fruto se entiende cada un año y no pasando a segundas nupcias; y no estando contenta con lo referido le deja, como dicho tiene, durante los días de su vida y no pasando a segundas nupcias la quinta parte enteramente de la renta que redi(…) bienes raíces que heredé por Doña Dominga Freire de Andrade, mi madre difunta; y a su fin y muerte de dicha mi mujer ha de ser visto cesar dicha pensión como también pasando a segundas nupcias y quedará a mi hija y de la sobredicha llamada Doña María Josefa Antonia y a falta de ella al heredero que aquí nombraré = lo cual le mando y legato como dicho llevo para que me encomiende a Dios y (…) a cuidar a nuestra hija y criarla en el servicio de Dios, educarla con buenos ejemplos. Es mi voluntad que viviendo mi mujer en su viudez recogidamente se le acuda prontamente con dichas seis anegas de fruto cada un año y no se contentando con ellas, con dicha quinta parte de renta por el tutor de mi hija, y a falta de ella por el heredero que nombraré____
Item digo que de dicha Doña Dominga Freire de Andrade, mi madre, como único hijo suyo y universal heredero insólidum, y que me ha tenido de legítimo matrimonio con el Alférez Don Rodrigo Díaz da Fraga Montenegro, mi padre, vecino que al presente es de San Salvador de Serantes, he heredado la casa donde al presente vivo, con su alto y bajo, casas, corral, aira, huertas, heredades labradías y monterías, prados, montes, viñas y más anejo y perteneciente a dicha casa y heredado de dicha mi madre y lo que se hallare en ser a mi fin y muerte y después de cumplidos mis obsequios y funerales, los uno e incorporo y sobre ellos fundo vínculo y mayorazgo conforme a los vínculos regulares y (…) leyes de su majestad Dios le guarde y sobre ellos fundo e instituyo dos misas digo, seis misas en cada un año el día de San Martín o su octava por la limosna de 3 reales cada una, la cual ha de decir el cura que es o fuere de dicha feligresía y asentadas en la tabla de fundaciones de ella y dicha casa y bienes no se han de poder vender, trocar ni enajenar, partir ni dividir ni sobre ellos fundar otra ninguna carga ni pensión ni sujetarlos a censos, obras pías , ni a otra cosa alguna y el que lo hiciere lo privo antes 24 horas de su derecho y que pase al segundo llamado en grado; y por primer sucesor en dicho su vínculo y mayorazgo, desde luego llama y elige por primera sucesora a la dicha María Josefa Antonia Freire Díaz da Fraga y Montenegro, su hija y de dicha su mujer y, a su fin y muerte su hijo varón y mayor en días, prefiriendo siempre el varón a la hembra y el mayor al menor; y sucediendo el morirse dicha mi hija en la popular edad o sin generación dejo y elijo por usufructuario de todos mis bienes durante los días de su vida al dicho Don Rodrigo Díaz da Fraga, mi padre, y a su fin y muerte a Francisco Antonio de Serantes, mi ahijado e hijo de Domingo Antonio de Serantes, mi primo, vecino de esta dicha feligresía con los mismos pactos y condiciones y a falta de él, en Martín de Serantes, su hermano, y a falta de unos y otros en el pariente más llegado y benemérito que los pueda regir y gobernar y con los mismos pactos y condiciones que así es mi voluntad se cumpla y ejecute__
Item digo y declaro que por cuanto dicha Doña María Josefa mi hija se halla de edad de seis meses y por criar ni poder regir dichos bienes por su corta edad, desde luego nombro y elijo por tutor y curador al dicho Don Rodrigo, mi padre y abuelo de la sobredicha al cual pido y suplico lo acepte, críe y alimente a dicha mi hija a costa de dichos mis bienes, así muebles como raíces, gobernándolos y administrándolos y percibiendo sus frutos y renta y a costa de ellos traerla decentemente, con toda limpieza, que en ello, desde luego le acredito y abono y afianzo con todos mis bienes y pido y suplico a su md lo haya por nombrado sin alterarlo en manera alguna que así es mi voluntad y muriendo dicho mi padre elijo y nombro a Don Josephe Ignacio Martínez Figueroa, cura y rector propio de esta dicha feligresía y a falta de él a Domingo Antonio de Serantes, mi primo y vecino de esta feligresía, para que unos y otros en el tiempo de su administración cuiden de ellos y sustenten a dicha mi hija sin que sea necesario ponerlos a pujas, sino darlos a caseros de su satisfacción que los labren y cultiven y mantengan de calidad que vaya en aumento y no en disminución, así dicha hacienda como casas, que, en ello, como dicho llevo, les afianzo, acredito y abono para haber de cumplir esta mi manda y legatos en él contenido. Dejo, nombro y elijo por mis cumplidores, albaceas y testamentarios al dicho Don Rodrigo Díaz da Fraga, mi padre y a dicho Don Josephe Ignacio Martínez Figueroa, cura de esta feligresía, a los cuales y a cada uno de ellos insólidum doy todo mi poder cumplido para que así que yo muera y salga de esta miserable vida, entren en mis bienes y los vendan el almoneda o fuera de ella y a costa de ellos cumplan y ejecuten esta mi manda y testamento, mandas y legatos en él contenidas y les encargo que en ello no sean morosos, que desde luego descargo mi ánima con las suyas y este poder les dure aunque sea pasado el año de albaceazgo =
Item quiero y es mi voluntad que dicho mi padre por ante escribano apee todos mis bienes raíces con sus testas, límites y demarcaciones los propios como propios y los forales como tales y de hecho y auténtico saque una copia y la junte a la de dicho mi testamento para que tenga la observancia como tal vínculo y mayorazgo y no se oscurezcan.
Y en lo demás remanente que sobrare de todos mis bienes, derecho y acciones por cualesquiera partes que me toquen y pertenezcan por cualesquiera títulos, dejo, nombro e instituyo por mi única y universal heredera a la dicha Doña María Josefa Antonia, mi hija para que los lleve y goce con la bendición de Dios y la mía, conforme llevo pactado y tenga obligación de rogar a Dios por mi ánima y aquellos a quien soy en cargo y obligación y con esto doy por fenecida y acabada esta mi manda y testamento, mandas y alegatos en él contenidos y por él revoco y anulo otro cualquiera que antes de ahora haya hecho por escrito de palabra, que quiero que ninguno valga ni surta efecto sino este que hago y otorgo, por mí cerrado y sellado y firmo de mi nombre y en mi casa de morada en dicha feligresía de San Martín de Cobas a 17 días del mes de Octubre año de 1724.

 

 

Del segundo matrimonio de Don Francisco Antonio da Fraga queda una sola hija llamada doña Josefa da Fraga que se casaría en 1736 con Francisco Díaz do Prioiro y serán sus descendientes los últimos poseedores de la “Casa del Franciscano”

 

Ya en 1752, en el censo del Marqués de la Ensenada, Doña Josefa Freire, viuda de Don Francisco Antonio declara que “tengo una casa situada en el lugar de Cobas, terrena, tiene ocho varas de frente y cuatro de fondo5, linda a derecha e izquierda en hacienda mía, regulo su alquiler en tres reales”. No podemos confirmar que se refiera a una de las casas que comprende “la casería de junto a la iglesia”. En esta fecha, su hija doña Josefa da Fraga ya está casada con Francisco Díaz do Prioiro y deberían vivir en una de las mencionadas casas.

 

Hijo de Francisco Díaz do Prioiro y Doña Josefa fue José Antonio Díaz, casado con Salvadora López de Lago. Estos tuvieron por su hijo a José Ramón Díaz que nace en 1789 y muere en Cobas en 1851. Casado con Manuela González Saavedra en 1820 tuvo por hijo a Pastor Antonio Díaz que fallecía en 1882 a los 66 años, viudo de Josefa Rodríguez Bouzamayor, de la cual era pariente por ser esta descendiente de Alonso Díaz y Micaela de Andrade. Al parecer, fue este (o sus hijos), el último poseedor de la “casa do Franciscano”.

 

Otra referencia en el censo de Ensenada a la casería “de junto a la Iglesia” es la de Martín Díaz de Serantes, hijo de Domingo Antonio y nieto de Juan Díaz de Serantes. Este declara que “tengo una casa situada en la iglesia, de un alto, tiene seis varas de frente y cinco de fondo6, linda a la derecha e izquierda en hacienda mía y regulo su alquiler en seis reales”

 

Por tanto, el conjunto de casas que conformaba la casería de junto a la iglesia se dividía ya a finales del siglo XVII entre los hijos de Francisco Díaz de Serantes y Catalina Douteiro. La ”casa principal” pasaría a Juan Díaz de Serantes y de este a su hijo Francisco Díaz, subdiácono, y a la muerte de este quedaría en manos de Domingo Antonio Díaz de Serantes, su hermano. Este se casa con Pascua Fernández en el año 1707. Sabemos que Domingo Antonio recibe por razón de foro en febrero de 1731 el lugar y casal llamado de Molar, con su casa, corral, aira, huerta y cortiña de junto a ella que todo llevará de sembradura cuatro ferrados, testando por vendabal en hacienda del monasterio de Sobrado y lo mismo por el Nordés y por el norte en el camino que va para el Prado da Fraga, pero desconocemos dónde viven. Hijos de este matrimonio son, entre otros:

1. Josefa Fernández, que se casa con José Díaz do Prioiro. Viven en la Aldea.

2. Martín Díaz de Serantes, que se casa con Martina Fernández. Muere en 1758 sin sucesión. Este era quien tenía una de las casas del casal de Junto a la Iglesia en 1752.

3. Francisco Díaz de Serantes, casado con María de Castido. Fallece en 1763. De esta rama descienden los de la casa de Paleu y los de la casa de Serantes en la Pedreira.

4. Antonia y Agustina, tras casarse van a vivir a la Graña.

 

Herederas de Martín Díaz de Serantes serán sus sobrinas hijas de Josefa y José Díaz do Prioiro y sus hermanas que viven en La Graña.

 

Vemos que la “Casa do Franciscano”, estaba divida aún a finales del siglo XVIII y posiblemente no fue hasta principios del siglo XX cuando, mediante compra, la adquieren Valentín Pazos Arenas y su mujer Rosa López Ramos. Este matrimonio tendría por su hija a Carmen Pazos López que se casaría con José López Pita conocido y recordado por su oficio de “Ferrador”, conservándose hasta no hace mucho tiempo la fragua en que trabajaba.

 

Hoy, la Casa del Franciscano es “La Casa de Valentín”, a cuyo dueño José López Pazos, agradecemos su hospitalidad y colaboración.

 

 

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   1 ARG. Pillado. Monasterios. Tomo 95, Mazo 7, número 14. Real Audiencia, legajo 1407

 

   2 Archivo Diocesano de Mondoñedo. Expedientes de patronatos de la parroquia de San Martín de Cobas.

 

   3 También Rodrigo Díaz da Fraga o Rodrigo Díaz Sanjurjo Montenegro. Se casará en segundas nupcias con Doña María Valerio.

 

   4 Archivo Histórico Notarial de la Coruña. Notario Pedro González de Sanda. Protocolo 512, año 1724.

 

   5 La vara equivalía a 0,83 metros. La casa medía de frente 6,5 metros aproximadamente y de fondo 3,2.

 

   6 Aproximadamente 5 metros de frente y 4 de fondo.

 

 

 

Dolores González López

Colaboración de Aquilino González Lorenzo

 

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